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Tribunal ordena a bancos suspender deudas de préstamos de jubilados

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El Tribunal Federal del Distrito Federal tomó una decisión que beneficiará a muchos jubilados y pensionados, quienes contrataron préstamos en la modalidad de crédito de nómina, la decisión agradó a muchos.

Según la publicación de G1 de esta semana, Justicia, pensando en el bienestar de los jubilados, determinó este lunes (20) que los bancos suspendan el cobro de cuotas de préstamos concedidos a jubilados.

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La medida tomó por sorpresa a muchas personas, incluidos muchos empleados bancarios, sin embargo, cabe señalar que la decisión tiene una vigencia de cuatro meses y fue tomada debido a la pandemia del nuevo coronavirus. Según la decisión, las instituciones tampoco podrán cobrar intereses ni multas.

Justiça manda bancos suspenderem dívidas de empréstimos de aposentados

Sabemos que, de hecho, los ancianos se encuentran entre los grupos más vulnerables al coronavirus y, en el entendimiento del juez Renato Borelli, del 9° Juzgado Civil Federal, que la decretó, la medida significará que los ancianos no necesitarán salir de sus casas y, por lo tanto, no se expondrán a riesgos, ¡lo cual es genial!

En la aclaración, el Juez informó que “Se trata de una medida necesaria para garantizar que las personas mayores, afectadas en mayor número por las consecuencias fatales del Covid-19, puedan costear el tratamiento médico necesario.

¿Pero qué pasa con aquellos jubilados que necesitan solicitar un préstamo?

Respecto a esto, será necesario que te pongas en contacto con los bancos o instituciones financieras que están otorgando préstamos para comprender mejor cómo serán los nuevos préstamos.

Según la decisión del Tribunal, esto se refleja en los préstamos realizados, no en los préstamos futuros.

Puntos importantes sobre la decisión del tribunal

Es necesario aclarar algunos puntos necesarios, según G1, en su decisión el juez también prohíbe a las instituciones financieras distribuir utilidades y dividendos a sus accionistas.

Por tanto, los directores o miembros del directorio superan el monto mínimo previsto por la ley –y establece el plazo inicial para el 20 de febrero, y no el 6 de abril como estaba previsto inicialmente-.

En su decisión, el tribunal también condicionó el aumento de la liquidez de los bancos a la concesión de una prórroga de las operaciones de crédito realizadas por empresas y particulares, sin intereses ni multas, por un plazo de 60 días.

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Fuente: Portal de noticias G1