Con la nueva situación establecida en el país debido a la pandemia del coronavirus, se analizan medidas para evitar aglomeraciones en las sucursales bancarias.
El lunes (23), el Banco Central de Brasil publicó en el Diario Oficial de la Unión (DOU) una resolución que autoriza a todas las instituciones financieras a implementar cambios en sus servicios en sus sucursales bancarias. El cambio se mantendrá mientras dure la pandemia.
Los cambios se definieron el viernes pasado (19) en una reunión del Directorio del Banco Central. Permanecerán vigentes mientras persista la pandemia.

El Gobierno Federal está analizando medidas para evitar aglomeraciones en las sucursales bancarias en un momento en que la pandemia de coronavirus se extiende por todo el país. Se están dando directrices a las empresas.
Por lo tanto, ya está en vigor. Según el texto, la medida busca garantizar la prestación de servicios esenciales a la población.
“Habiendo garantizado la prestación de servicios esenciales a la población, las instituciones financieras y demás instituciones autorizadas a operar por el Banco Central de Brasil deben adecuar el horario de atención al público de sus instalaciones mientras persista la situación de riesgo a la salud pública derivada del nuevo Coronavirus (Covid-19) en el país”, señala la resolución.
Cambios
Uno de los cambios definidos en la publicación de la resolución es la necesidad de que los bancos comuniquen a sus clientes todos los cambios en el horario de atención al público con al menos treinta días de antelación.
La guía actual establece que la comunicación con el cliente debe realizarse a través de canales como aplicaciones y sitios web. El Banco Central también ha determinado que las instituciones deben publicar un aviso de estos cambios en un lugar visible de sus sucursales.
Estos avisos deberán informar a los clientes sobre las limitaciones en el número de personas al interior de la agencia, así como el público que tiene prioridad de atención al acceder a estos espacios físicos de las instituciones.
Otra determinación publicada es que el texto trata de que las agencias ya no tienen la obligación de cumplir con su horario mínimo de atención al público, que hasta entonces era de cinco horas diarias de manera continua.
También se elimina la necesidad de asistencia obligatoria entre las 12 y las 15 horas.
