Los contribuyentes ya pueden comenzar a registrar información para declarar su Impuesto Sobre la Renta (IR) del año 2019, a partir de este jueves 20.
La declaración del IR se podrá presentar recién el 2 de marzo, pero ya se puede descargar en el ordenador o en los celulares Android e iOS y archivar los documentos.
Alrededor de un millón Goianos Se informa que hay 50 mil contribuyentes más que el número de declaraciones del año pasado.

El consultor contable Cássius Pimenta explica que llenar el formulario es sencillo, incluso en ambos modelos de tributación: simplificado o completo.
“Al principio se orienta sobre estas formas de tributación y, al final, el contribuyente puede elegir la opción que más le favorezca”, explica Cássio Pimenta.
También es posible importar datos de la declaración realizada en 2019. Si se ha modificado, deberá sustituir la información por la que figura en el recibo de la última modificación en línea.
¿Cuándo presentar la declaración?
El consultor aconseja a los contribuyentes presentar su declaración al inicio del plazo para obtener otra ventaja, recibiendo así antes la devolución del Impuesto sobre la Renta.
Por lo tanto, las personas mayores, las personas con enfermedades graves y las personas con discapacidad física o mental tienen prioridad en el proceso de pago, que comienza en mayo. "Quienes no liquiden sus impuestos con el IRS antes de la fecha límite estarán sujetos a una multa de al menos R$165,74. El monto máximo corresponde a R$201,30 del impuesto adeudado", enfatiza.
Otra recomendación es considerar la ventaja de optar por la declaración simplificada, renunciando a todas las deducciones permitidas por la legislación fiscal, como los gastos de educación y salud.
Por otro lado, explica Cássio Pimenta, se tiene derecho a una deducción de R$20% del valor de la renta imponible, limitada a R$16.754,34, el mismo valor del año pasado.
¿Quién debe declarar?
Quienes hayan obtenido ingresos imponibles superiores a R$ 28.559,70 en 2019 deben declarar su impuesto sobre la renta este año. El importe es el mismo que el de la declaración de impuestos sobre la renta de los dos años anteriores.
También deberán declarar los contribuyentes que recibieron rentas exentas cuyo valor supere R$ 1.000.000 el año pasado.
Quienes hayan obtenido, en cualquier mes del año 2019, ganancias de capital por la enajenación de bienes o derechos, o realizado operaciones en bolsas de valores, bolsas de materias primas, bolsas de futuros y bolsas similares;
Quien haya tenido, en 2019, ingresos brutos superiores a R$ 142.798,50 provenientes de actividades rurales.
Así, hasta el 31 de diciembre de 2019, tenía posesión o propiedad de bienes o derechos, incluyendo terrenos baldíos, con un valor total superior a R$ 300 mil.
Sin embargo, se convirtió en residente de Brasil en cualquier mes del año anterior y todavía era residente el 31 de diciembre de 2019.
Si bien quienes optaron por la exención del impuesto que grava el importe obtenido por la venta de inmuebles de vivienda cuyo producto de la venta se aplica.
En el caso de adquisición de inmuebles habitacionales ubicados en el país, dentro de los 180 días contados a partir de la fecha del contrato de compraventa.
