El trabajo conjunto realizado por el Centro Judicial de Métodos de Resolución Consensual de Disputas del Tribunal de Trabajo de Rio Branco (Cejusc), el pasado viernes (28).
Sin embargo, aprobó más de R$ 1,8 millón en acuerdos que involucran a un único demandado, la Cooperativa de Trabajadores Autónomos de Servicios Generales (Coopserge).
El grupo de trabajo fue coordinado por el juez suplente del Trabajo Augusto Nascimento Carigé, durante el cual se realizaron 46 audiencias. Así, 33 de ellos llegaron a un acuerdo y otros tres fueron retirados.

Relación laboral
Los procesos estaban siendo tramitados en el 1º y 2º Juzgado de Trabajo de Rio Branco con solicitudes similares donde el colectivo de trabajadores pedía el reconocimiento de la relación laboral. Porque el pago de las prestaciones laborales es responsabilidad subsidiaria de la entidad pública.
Coopserge proporcionó servicios de limpieza y mantenimiento subcontratados a varios organismos y entidades públicas en el estado de Acre. Sin embargo, en 2013, el Ministerio Público del Trabajo de la 14ª Región (MPT) interpuso una acción civil pública (0010912-45.2013.5.14.0403).
Por ello, en 2015 se ordenó a la cooperativa abstenerse de prestar mano de obra cooperativa para la prestación de servicios vinculados a las actividades de fin o medio de los organismos y entidades públicas y privadas, para registrar los contratos de trabajo de todos los trabajadores afiliados. Además de pagar una indemnización por daño moral colectivo por el valor de R$ 100.000. Tras una serie de apelaciones por parte de Coopserge, la sentencia quedó firme.
Quejas laborales
Carigé explicó que luego de esto, la entidad perdió varios contratos con organismos y entidades públicas en 2019, incumpliendo el pago de los salarios de los cooperativistas, lo que generó una masa de cientos de denuncias laborales.
En estas denuncias, la cooperativa insistió en impugnar la existencia de una relación laboral, lo que requirió largas y repetidas investigaciones en diversos tribunales. Por ello, y considerando la sentencia firme de la acción civil pública, propusimos al director de la cooperativa que reconociera las relaciones, así como las cantidades adeudadas en cumplimiento de la decisión judicial, la cual fue aceptada.
Por tal motivo, el juez ordenó el trabajo conjunto para buscar la conciliación en los casos que ya estaban en la agenda del tribunal para su investigación. Sin perjuicio de otros procesos de la cooperativa que ya estaban en la agenda de la Cejusc y que también fueron objeto de acuerdos. “El esfuerzo conjunto fue posible gracias al esfuerzo de los funcionarios y pasantes adscritos al Cejusc de Acre”, destacó el juez.
(TRT14)
